Artículo 348 Código Penal del Estado de Veracruz
Capítulo VIII
Al servidor público que, por cualquier medio, facilite información sobre mandamientos expedidos por autoridad judicial y tenga como consecuencia que se evada de la acción aquel contra el que vaya dirigido, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión, multa hasta de cincuenta días de salario, destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos por un tiempo igual al de la prisión impuesta.
Igual sanción se aplicará al servidor público que indebidamente quebrante la reserva de las actuaciones o proporcione copia de ellas o de los documentos que obren en la investigación ministerial.
(ADICIONADO, G.O. 19 DE DICIEMBRE DE 2017)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial