Título XVIII — Delitos contra la procuración y administración de justicia
Capítulo VIII Revelación de información reservada
Código Penal del Estado de Veracruz
Índice de la leyArtículo 348
Al servidor público que, por cualquier medio, facilite información sobre mandamientos expedidos por autoridad judicial y tenga como consecuencia que se evada de la acción aquel contra el que vaya dirigido, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión, multa hasta de cincuenta días de salario, destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos por un tiempo igual al de la prisión impuesta.
Igual sanción se aplicará al servidor público que indebidamente quebrante la reserva de las actuaciones o proporcione copia de ellas o de los documentos que obren en la investigación ministerial.
(ADICIONADO, G.O. 19 DE DICIEMBRE DE 2017)
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial