Artículo 741 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Capítulo VI
Presentadas las cuentas de administración se pondrán en la secretaría del juzgado a disposición de las partes, por un término de diez días para que se impongan de ellas y haga las observaciones que estimen oportunas.
(F. DE E., P.O. 27 DE AGOSTO DE 1989)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial