Artículo 753 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Capítulo VII
En cualquier momento del juicio sucesorio, hecha la declaración de herederos, estos y los legatarios pueden llegar a acuerdos hasta antes de los supuestos en que este título no lo permite.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial