Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1243 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo I

Las solicitudes relativas a jurisdicción voluntaria se formularán por escrito ante los jueces de primera instancia correspondientes.

Nota: Se Reformó mediante decreto 43 de la XLVIII Legislatura, publicado en el P.O. No. 2085 de fecha 17 de Junio de 1975.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial