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Leyes Descargar AYA

Artículo 656 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato

Capítulo VI

Aprobada la cuenta general de administración, dentro de los quince días siguientes presentará el albacea el proyecto de partición de los bienes, en los términos que dispone el Código Civil y con sujeción a este capítulo, o, si no hiciere por sí mismo la

partición, lo manifestará al juez, dentro de los tres días de aprobada la cuenta, a fin de que se nombre contador que haga aquélla.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial