Artículo 681 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato
Capítulo IX
Para la venta de bienes que deba hacerse en subasta pública, porque la ley exija esta formalidad, sólo se publicarán edictos en el Periódico Oficial, o en otro que tenga bastante circulación, a juicio del Juez; y si, por falta de postores en la primera almoneda hubiere de repetirse ésta, bastará que se anuncie con tres días de anticipación, por medio de convocatoria en la puerta del Juzgado.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial