Libro Primero — Disposiciones generales
Título Segundo — Jurisdiccion y competencia
Capítulo II Competencia por valor
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero
Índice de la leyArtículo 24
Fijación de la competencia por cuantía. Los juzgadores de Primera Instancia conocerán en materia civil de los negocios cuya cuantía exceda a la fijada para los jueces de paz.
Artículo 25
Reglas para la fijación de la competencia por valor. Salvo los casos previstos en los artículos siguientes y para los efectos de competencia por razón del valor, ésta se determinará tomando en cuenta el monto total de las prestaciones que demande el actor. Los réditos, daños y perjuicios y cualesquiera otra prestación accesoria que se reclamaren, serán tomados en consideración para la determinación de la cuantía, si se encuentran líquidos al momento de la presentación de la demanda.
Si fueren varios los actores o se exigiera pluralidad de prestaciones de carácter principal, el valor se determinará por la totalidad de lo reclamado.
Artículo 26
Reglas para la fijación de la competencia en arrendamientos y prestaciones periódicas. Para determinar la competencia por razón de la cuantía en los casos de arrendamiento y demás prestaciones periódicas, se computará el importe de las mismas en un año. Cuando sólo se reclamen prestaciones vencidas, se tomarán éstas como base para determinar la cuantía.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial