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Libro Segundo — Juicios

Título Tercero — Juicios de posesion y cuestiones relativas a la propiedad y a derechos reales

Capítulo I Interdictos Sección Primera.- Reglas generales sobre los interdictos

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Artículos 826 al 873 · 48 artículos

Antes del primer sección

Artículo 826

Se llaman interdictos los juicios que tienen por objeto retener o recobrar la posesión interina de un bien o tomar las medidas necesarias para evitar un daño que se teme se cause.

Artículo 827

Los interdictos sólo proceden respecto de los bienes inmuebles y de los derechos reales constituidos sobre ellos.

Artículo 828

Proceden asimismo los interdictos, para los efectos de que se ampare o se restituya en la posesión, en los casos a que se refieren los artículos 28 de este Código y 229 del Código Civil.

Artículo 829

Los interdictos no prejuzgan ni proceden respecto a cuestiones de propiedad y de posesión definitiva y las pruebas sobre la propiedad que se presenten en ellos, sólo se tomarán en consideración en cuanto contribuyan a demostrar la posesión.

Artículo 830

Los interdictos no pueden acumularse al juicio de propiedad ni al plenario de posesión.

Artículo 831

La sentencia que decida los juicios de propiedad y plenario de posesión producirá, en los interdictos, cualquiera que sea el estado en que se encuentren, aun en período de ejecución de sentencia, la excepción de cosa juzgada.

Artículo 832

El que ha sido vencido en juicio de propiedad, o plenario de posesión no puede hacer uso de los interdictos de retener o de recuperar la posesión respecto del mismo bien.

Artículo 833

El vencido en un interdicto de retener, o de recuperar la posesión, puede hacer uso después del juicio plenario de posesión o del juicio reivindicatorio.

Artículo 834

Salvo las modificaciones a que se refieren las secciones cuarta y quinta de este capítulo, el procedimiento en los interdictos se ajustará a lo dispuesto para el juicio ordinario. Sección Segunda.- Interdicto de retener la posesión.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial