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Leyes Descargar AYA

Artículo 36 Constitución Política del Estado de Sonora

Sección III

El Congreso no podrá abrir sus sesiones ni ejercer su encargo sin la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial