Artículo 159 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes
Capítulo IV
El reclutamiento es el procedimiento mediante el cual se reúnen a los aspirantes a ingresar al servicio público en la Fiscalía General, efectuado para quienes cumplan los requerimientos exigidos para tales efectos y mediante la convocatoria que se emita, en los casos que así lo requieran, de conformidad con lo dispuesto por la presente Ley, su reglamento, el reglamento del Servicio Profesional de Carrera y las demás disposiciones jurídicas aplicables.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial