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Leyes Descargar AYA

Artículo 29 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima

Capítulo VII

Obligación de presentar informes anuales. Las y los titulares de las fiscalías especializadas deberán rendir anualmente a la persona Titular de la Fiscalía General, un informe general sobre las actividades sustantivas que realizan y sus resultados, el cual será público en términos de la legislación aplicable en materia de transparencia y acceso a la información. Dichos informes deberán ser remitidos a su vez a la Persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal y al Congreso del Estado, así como ser difundidos ampliamente por los medios a su alcance.

En el caso del Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción dicho informe será remitido a su vez al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Colima, con la reforma del 12 de agosto de 2023. Documento oficial