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Capítulo Segundo — De la fiscalía general de justicia del estado de México

Sección Quinta Del presupuesto de la fiscalía general de justicia del estado de México

Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Artículos 19 al 20 · 2 artículos

Artículo 19

La Fiscalía General elaborará su proyecto de presupuesto, el cual será enviado a la Legislatura para su incorporación en el Presupuesto de cada ejercicio fiscal.

El procedimiento para la presentación del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Fiscalía se establecerá en el Reglamento de esta Ley.

Artículo 20

El Presupuesto de la Fiscalía será utilizado para gasto corriente, proyectos de inversión, adquisición, construcción y arrendamiento de bienes, obra pública, contratación de servicios e inmuebles, gastos de investigación, así como en los demás fines que sean necesarios para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, facultades y funciones. El presupuesto deberá solventar los gastos necesarios para el correcto servicio de procuración de justicia y demás funciones de la Fiscalía.

Texto tomado de LEGISTEL - Gobierno del Estado de México, con la reforma del 4 de febrero de 2026. Documento oficial