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Artículo 58 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo, al Servicio de las Víctimas

Capítulo IX

Designación El Fiscal emitirá convocatoria pública mediante el procedimiento siguiente:

I. Emitirá convocatoria pública abierta en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del

de

de

Ocampo

y

en

el

portal

de

internet

de

la

que

contendrá

lugar,

fecha,

plazos,

y

requisitos

el

de

selección;

II. Los nombres de las personas aspirantes registradas serán publicados en el portal de internet

de

la

Fiscalía;

III. Las personas aspirantes comparecerán ante el Consejo Consultivo a efecto de exponer

su

proyecto

de

trabajo,

los

aspectos

relacionados

con

la

del

cargo

a

que

aspira;

y,

IV. El Consejo Consultivo aprobará una terna y el Fiscal la remitirá al Congreso del Estado.

La persona titular de la Contraloría de la Fiscalía será electa por el voto de las dos terceras

partes

de

las

y

los

diputados

presentes,

durará

en

su

encargo

cinco

años

y

no

podrá

ser

reelecta.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Michoacán, con la reforma del 7 de octubre de 2025. Documento oficial