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Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo, al Servicio de las Víctimas

Artículo 70

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Los procedimientos, requisitos y trámites se establecerán en el Reglamento. CAPÍTULO XII CONSEJO CONSULTIVO Artículo 71. Naturaleza El Consejo Consultivo es una instancia permanente de consulta y participación ciudadana, en de procuración de justicia.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Michoacán, con la reforma del 7 de octubre de 2025. Documento oficial