Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1283 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo I

Cuando en una disposición de la ley o en los negocios jurídicos se use de las palabras bienes muebles, se comprenderán bajo esa denominación los enumerados en los artículos anteriores

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial