Artículo 778 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo III
Sociedades mercantiles Las sociedades de naturaleza civil que tomen la forma de las sociedades mercantiles, o cuyas actividades impliquen una especulación comercial, quedan sujetas a la legislación mercantil.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial