Libro Primero — De las personas
Título Decimoctavo — De las personas jurídicas de derecho privado
Capítulo III — De las sociedades
Sección Sexta De las sociedades extranjeras
Código Civil del Estado de Tabasco
Índice de la leyArtículo 819
Sociedades extranjeras Para que las sociedades extranjeras de carácter civil puedan ejercer sus actividades en el Estado de Tabasco, se estará a lo que sobre el particular disponen las leyes federales.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial