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Leyes Descargar AYA

Artículo 341 Código Familiar del Estado de Morelos

Capítulo XI

PLAZO PARA RENDIR CUENTAS GENERALES POR EL TUTOR. El tutor, o en su falta quien lo represente, rendirá las cuentas generales de la tutela en el plazo de tres meses, contados desde el día en que fenezca la tutela. El Juez podrá prorrogarlo hasta por tres meses más, si circunstancias extraordinarias así lo exigieren.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial