Artículo 217 Código Familiar del Estado de Zacatecas
Capítulo DÉCIMO
La muerte de uno de los cónyuges, acaecida durante el procedimiento de divorcio, pone fin a él, y en todo caso, los herederos del fallecido tienen los mismos derechos y obligaciones que tendrían si no se hubiese promovido el divorcio. Artículo reformado POG 13-09-2017
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial