Título Primero — Generalidades del matrimonio
Capítulo Décimo Tercero Ter Divorcio administrativo
Código Familiar del Estado de Zacatecas
Índice de la leyArtículo 240 QUINQUIES
Se entiende por divorcio administrativo, cuando ambos cónyuges convengan en divorciarse, y cubran todos los siguientes requisitos:
I. Se deroga; Fracción derogada POG 11-09-2021 II. No tengan hijos, o teniéndolos sean mayores de edad, salvo que se encuentren en estado de interdicción; Fracción reformada POG 24 de agosto de 2019 (Decreto 154) III. La mujer demuestre que no está embarazada, y IV. Hubieren liquidado de común acuerdo la sociedad conyugal de bienes, si están casados bajo ese régimen patrimonial. Para el trámite respectivo deberán presentarse ante el Oficial del Registro Civil quien los identificará previamente y a quien le manifestarán su intención de divorciarse, comprobando los requisitos antes señalados. Artículo adicionado POG 13 de septiembre de 2017 (Decreto 192)
Artículo 240 Sexies
El Oficial del Registro Civil levantará un acta en que hará constar la solicitud de divorcio y citará a los cónyuges para que se presenten a ratificarla a los 15 días, si los cónyuges la ratifican, el Oficial del Registro Civil los declarará divorciados, levantando el acta respectiva y haciendo la anotación correspondiente en el acta de matrimonio. Artículo adicionado POG 13-09-2017
Artículo 240 Septies
El divorcio administrativo será nulo si se demuestra que los cónyuges mintieron sobre los requisitos para obtener el divorcio, sin perjuicio de la responsabilidad penal correspondiente. Artículo adicionado POG 13-09-2017
Artículo 240 Octies
Para el caso que los solicitantes del divorcio administrativo no hayan celebrado su matrimonio ante el Oficial del Registro Civil que conozca del asunto, éste, una vez declarado el divorcio, remitirá copia de ella al Oficial del Registro Civil ante quien se celebró el matrimonio, para que levante el acta correspondiente y, además, para que publique un extracto de la resolución durante quince días, en las tablas destinadas a este efecto. Artículo adicionado POG 13-09-2017
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial