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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo

Título Tercero

Capítulo Octavo De la adopción

Código Familiar del Estado de Zacatecas

Artículos 364 Ter al 364 Septies · 5 artículos · 5 cambiaron desde 2025

Artículo 364 Ter Cambió desde 2025 · ver qué cambió

El adoptado se equipara al hijo consanguíneo para todos los efectos legales, incluyendo los impedimentos de matrimonio. El adoptado tiene en la familia del o los adoptantes los mismos derechos, deberes y obligaciones del hijo consanguíneo y debe llevar los apellidos del adoptante o adoptantes. Artículo adicionado POG 29-03-2017 Artículo reformado POG 18-07-2026

Artículo 364 Quáter Cambió desde 2025 · ver qué cambió

La adopción extingue la filiación preexistente entre el adoptado y sus progenitores y el parentesco con las familias de éstos, salvo para los impedimentos de matrimonio. En el supuesto de que el adoptante esté casado con alguno de los progenitores del adoptado no se extinguirán los derechos, obligaciones y demás consecuencias jurídicas que resultan de la filiación consanguínea. Artículo adicionado POG 29-03-2017 Artículo reformado POG 18-07-2026

Artículo 364 Quinquies Cambió desde 2025 · ver qué cambió

La adopción es irrevocable, pero puede demandarse la pérdida de la patria potestad por las mismas causales que en la filiación biológica. Artículo adicionado POG 29-03-2017 Artículo reformado POG 18-07-2026

Artículo 364 Sexies Cambió desde 2025 · ver qué cambió

Para que la adopción pueda tener efectos, además de las personas a que se refiere el artículo 359 de este Código, deberá otorgar su consentimiento el padre o madre del menor que se pretende adoptar, salvo que exista al respecto declaración judicial de abandono. Artículo adicionado POG 29-03-2017 Artículo reformado POG 18-07-2026

Artículo 364 Septies Cambió desde 2025 · ver qué cambió

Tratándose de la adopción, el Registro Civil se abstendrá de proporcionar información sobre los antecedentes de la familia de origen del adoptado, excepto en los casos siguientes y contando con autorización judicial: Párrafo reformado POG 18-07-2026 I. Para efectos de impedimento para contraer matrimonio, y

II. Cuando el adoptado desee conocer sus antecedentes familiares, siempre y cuando sea mayor de edad, si fuere menor de edad se requerirá el consentimiento de los adoptantes. Adicionado POG 29-03-2017

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial