Libro Primero — Parte general de la aplicación de la ley penal
Título Cuarto — De las consecuencias jurídicas del delito
Capítulo VI Suspensión de derechos
Código Penal del Estado de Campeche
Índice de la leyArtículo 57
La suspensión consiste en la pérdida temporal del ejercicio de algún derecho.
Artículo 58
La suspensión resulta, por mandato de la ley, de una sanción como consecuencia necesaria de ésta, o se impone como sanción en la sentencia judicial. En el primer caso, la suspensión comienza y concluye con la sanción de la que es consecuencia. La suspensión que se impone como sanción en la sentencia corre a partir del día en que:
I. Concluya la san ción privativa de libertad, cuando se impongan ambas sanciones y el sentenciado haya estado recluido en prisión;
II. Cause ejecutoria la sentencia, cuando dicha suspensión se imponga como sanción única, o junto con una sanción no privativa de la libertad o junto con una sanción privativa de la libertad y ésta haya sido suspendida condicionalmente o sustituida por otra sanción cualquiera.
Artículo 59
La sanción de prisión, sea o no sustituida, produce la suspensión de los derechos políticos y los de ser tutor, curador, apoderado, defensor, albacea, perito, depositario o interventor judicial, síndico o interventor en quiebra, árbitro, arbitrador o representante de ausentes y surtirá sus efectos desde el momento en que cause ejecutoria la sentencia que la imponga.
Artículo 60
Se aplicarán las reglas de la suspensión de derechos a la sanción de suspensión del derecho para conducir vehículos de motor.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial