Título Cuarto — Aplicación de Penas y Medidas de Seguridad
Capítulo VIII Punibilidad en los Casos de Exceso en las Causas de Justificación
Código Penal del Estado de Chiapas
Índice de la leyArtículo 95
Al que incurra en exceso en la legítima defensa, estado de necesidad justificante, en el cumplimiento de un deber o en el ejercicio de un derecho, se le impondrá del mínimo hasta la mitad de la pena máxima o medidas de seguridad que correspondan al delito de que se trate.
Texto tomado de Poder Judicial del Estado de Chiapas. Documento oficial