Artículo 99-V Código Penal del Estado de Guanajuato
Libro Primero — Parte general Título Tercero — De las consecuencias jurídicas del delito Capítulo XIV — Reparación del daño
Índice de la leyQuien tenga derecho a la reparación del daño podrá optar por reclamarlo en la jurisdicción civil, sirviéndole de documento ejecutivo la resolución firme que condene al pago. En este caso cesará el procedimiento ejecutivo penal.
(REFORMADO, P.O. 27 DE MAYO DE 2016)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial