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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — Parte general

Título Quinto — Extinción de la acción penal y de las consecuencias jurídicas del delito

Capítulo IX Amnistía

Código Penal del Estado de Michoacán

Artículo 96

Artículo 96

Efectos y procedencia de la amnistía

La amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas, excepto la reparación del daño en los términos de la disposición que se dictare concediéndola; pero si no lo expresare, se entenderá que la acción y las sanciones impuestas se extinguen con todos sus efectos y en relación con todos los responsables del delito o de los delitos a que la propia resolución se refiera.

Texto tomado de Gobierno del Estado de Michoacán (portal oficial michoacan.gob.mx). Documento oficial