Libro Primero — Disposiciones generales
Capítulo Vigésimo — Primero162
Sección Sexta Indulto
Código Penal del Estado de Puebla
Índice de la leyArtículo 122
De manera excepcional y discrecional, el Gobernador o Gobernadora podrá otorgar el indulto, por cualquier delito del orden común que no sea de los que merezcan prisión preventiva oficiosa o se clasifiquen como graves por la ley, previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que informe respecto a la viabilidad o no del beneficio, expresando sus razones y fundamentos, siempre que sea por cuestiones humanitarias, sociales o de equidad, o existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada, y ésta, además, de haber observado buena conducta durante su reclusión, reúna alguno de los requisitos siguientes:
I.- Que se trate de una persona indígena, víctima de discriminación por su pertenencia a un grupo, etnia y diversidad cultural o de alguna otra violación grave a sus derechos humanos, en cuyo caso se analizarán los usos, costumbres, tradiciones y cultura inherentes a dicha unidad social;
II.- Que se trate de persona mayor de 70 años y que haya cumplido con al menos una cuarta parte de la pena privativa de la libertad impuesta, independientemente del tiempo de su duración;
III.- Que padezca una enfermedad en fase terminal, dictaminada por médico especialista o perito de Institución de salud pública, independientemente del tiempo compurgado;
IV.- Que haya realizado acciones destacadas en beneficio de la comunidad, siempre y cuando se hayan realizado de manera lícita;
V.- Que se trate de mujer, cuya pena privativa de la libertad sea menor de cinco años, desde una perspectiva de género, o VI.- Que se trate de delitos cuyo origen revistan un carácter político.
Artículo 123
El indulto no extingue la responsabilidad civil.
Artículo 124
El indulto extingue las sanciones impuestas en sentencia ejecutoriada, salvo la reparación del daño y el decomiso. SECCIÓN SÉPTIMA PRESCRIPCIÓN 1. Reglas Generales.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial