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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — Disposiciones generales

Capítulo Vigésimo — Primero162

Sección Tercera Reconocimiento de la inocencia del sentenciado

Código Penal del Estado de Puebla

Artículo 115

Artículo 115

Cuando en revisión extraordinaria se reconozca la inocencia de un sentenciado, quedará sin efecto la sanción que se hubiere impuesto en sentencia ejecutoria, cualquiera que sea dicha sanción. PERDÓN DEL OFENDIDO Y RESTABLECIMIENTO INDEMNATOS.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial