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Leyes Descargar AYA

Artículo 303 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua

Capítulo V

La compulsa de documentos existentes en Distrito Judicial distinto al en que se siga el juicio, se practicará mediante exhorto o despacho que dirija el juzgado de los autos al del lugar en que aquéllos se encuentran.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial