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Leyes Descargar AYA

Artículo 468 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua

Capítulo VI

Concluidas las operaciones de liquidación, dentro de los ocho días siguientes presentará la o el albacea su cuenta general. Si no la presentare, se le apremiará por los medios legales, siendo aplicables las reglas de ejecución de sentencia

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial