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Leyes Descargar AYA

Artículo 484 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua

Capítulo VIII

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 399 de este Código, la testamentaría en el caso del testamento público abierto y la intestamentaria podrán tramitarse extrajudicialmente desde el inicio, con intervención de una notaría pública, mientras no hubiere controversia alguna, tramitándose aquéllas con arreglo a lo que se establece en los artículos siguientes

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial