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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — Disposiciones comunes a la jurisdiccion contenciosa, a la voluntaria y a la mixta

Título Primero — Reglas generales codigo de procedimientos civiles pág. 7

Capítulo III Resoluciones Judiciales

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Artículos 86 al 90 · 5 artículos

Artículo 86

Las resoluciones judiciales son autos y sentencias.

Artículo 87

Las sentencias son definitivas o interlocutorias. Definitivas son las que resuelven un juicio en lo principal. Interlocutorias las que deciden un incidente.

Artículo 88

En los juzgados los autos y las sentencias serán autorizados con las firmas del Juez y del Secretario.

Artículo 89

En el Tribunal Superior, los magistrados que formen Sala firmarán las sentencias y el Magistrado ponente firmará los autos. Todas estas resoluciones serán autorizadas por el Secretario del Tribunal.

Artículo 90

Los autos deben dictarse dentro de tres días contados desde que la Secretaría dé cuenta con la promoción; las sentencias interlocutorias dentro de ocho días y las definitivas dentro de quince, salvo en los casos en los que la ley fije otros términos.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial