Artículo 16 Quáter Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Jalisco
Capítulo V
1. La Vicefiscalía en Investigación Especializada en atención a Mujeres, niñas, niños y adolescentes, razón de género y la familia, tiene facultad de investigar y atender de manera integral, todas aquellas conductas delictivas que impacten a estos grupos prioritarios, tiene las áreas y unidades de investigación que acuerde el Fiscal Estatal y que por lo menos son las siguientes:
I. Unidad de Investigación Especializada en Delitos cometidos por Adolescentes en Conflicto con ley;
II. Unidad de Investigación Especializada en Delitos cometidos en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes;
III. Unidad de Investigación Especializada en Delitos contra las mujeres, en razón de género y Trata de Personas;
IV. Unidad de Investigación Especializada en Feminicidios;
V. Unidad de Investigación Especializada en delitos contra la familia;
VI. Dirección de Litigación y Seguimiento de Investigación Especializada en Atención a Mujeres, niñas, niños y adolescentes, razón de género y la familia; y VII. Coordinación de Atención Temprana.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Jalisco, con la reforma del 7 de febrero de 2025. Documento oficial