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Leyes Descargar AYA

Artículo 295 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

Capítulo IX

La garantía que otorguen los tutores no impide que el juez, a petición del menor si ha cumplido dieciséis años o de sus parientes con derecho a heredar, dicte las providencias que estime necesarias para la conservación de los bienes del pupilo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial