Artículo 339 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo
Capítulo XI
El Juez Familiar con intervención del Ministerio Público, examinará la cuenta de administración del tutor, haciendo las observaciones correspondientes a que haya lugar, satisfechas éstas pronunciará su aceptación o rechazo.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial