Artículo 128 Código Penal del Estado de Puebla
Capítulo DÉCIMO
La prescripción de la acción penal y de la sanción no influyen en la responsabilidad civil proveniente de delito, la cual se rige por las leyes civiles correspondientes. 2. Prescripción de la acción persecutoria.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial