Artículo 283 Código Penal del Estado de Tlaxcala
Capítulo XII
En lo referente a los delitos en materia de secuestro, se estará a lo previsto en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 18 DE JUNIO DE 2015)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial