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Leyes Descargar AYA

Artículo 257 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes

Capítulo III

Si el citado a absolver posiciones comparece, el tribunal abrirá el pliego, e impuesto de ellas, las calificará y aprobará sólo las que se ajusten a lo dispuesto en el artículo 251

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial