Artículo 373 BIS Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Capítulo XII
Inmediatamente que haya causado ejecutoria una sentencia de primera instancia o tan pronto como haya recibido la ejecutoria dictada por el Supremo Tribunal de Justicia, tratándose de resoluciones en las que se traslade o
adquiera el dominio de un inmueble, el Juez a quien corresponda la ejecución de tal sentencia, estará obligado a dar aviso al Instituto Catastral, girando para ello el aviso correspondiente. Lo mismo se observará, tratándose de resoluciones dictadas en Jurisdicción Voluntaria, remates o convenios que produzcan la transmisión de la propiedad.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial