Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Cuarto — Derecho procesal familiar

Título Primero — Controversias de orden familiar

Capítulo VI Sustitucion del administrador de la sociedad conyugal o terminacion de esta

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nayarit

Artículos 487 al 488 · 2 artículos

Artículo 487

Si un cónyuge demanda la administración o terminación de la sociedad conyugal, el Juez decretará todas las medidas provisionales que estime convenientes para la conservación de bienes. Para dictar estas medidas no es necesario que quien la solicite otorgue garantía.

Artículo 488

Hecho lo anterior, se emplazará al demandado, tramitándose el procedimiento de acuerdo con los artículos 463, 465 a 467 y 470 en su caso.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial