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Leyes Descargar AYA

Artículo 74 Constitución Política del Estado de Campeche

Capítulo XV

Las faltas de los Secretarios de las dependencias de la Administración Pública serán suplidas en la forma que determine la correspondiente Ley Orgánica.

(REFORMADO, P.O. 1 DE DICIEMBRE DE 2014)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial