Artículo 87 Constitución Política del Estado de Michoacán
Sección II
Las Juezas y Jueces de Primera Instancia serán electos en los términos previstos en el artículo 69 de esta Constitución.
(REFORMADO, P.O. 13 DE NOVIEMBRE DE 2024)
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial