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Leyes Descargar AYA

Artículo 16 Bis Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Jalisco

Capítulo V

1. La Vicefiscalía en Investigación Especializada en Delitos Patrimonial es es competente para investigar, judicializar y seguir los delitos patrimoniales, que no le corresponden a las demás Vicefiscalías o direcciones, y se integra al menos con las siguientes unidades administrativas:

I. Unidad de Investigación Especializada en delitos patrimoniales no violentos;

II. Unidad de inteligencia financiera y recursos de procedencia ilícita;

III. Unidad de Investigación Especializada en Extinción de Dominio;

IV. Dirección de Litigación y Seguimiento en Investigación Especializada en Delitos Patrimoniales; y

V. Coordinación de Atención Temprana.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Jalisco, con la reforma del 7 de febrero de 2025. Documento oficial