Artículo 53 Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Jalisco
Capítulo XI
1. El personal de la Fiscalía Estatal recibirá los estímulos por el eficiente desempeño de su trabajo, en los términos que establezcan las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del servicio civil y profesional de carrera, conforme a la disponibilidad presupuestal.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Jalisco, con la reforma del 7 de febrero de 2025. Documento oficial