Título Segundo — Organización de la fiscalía general de san luis potosí
Capítulo VI Dirección General de Política de Persecución Penal y Análisis Estratégico
Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí
Índice de la leyArtículo 27
Objetivo.
La Dirección General de Política de Persecución Penal y Análisis Estratégico tendrá a su cargo el desarrollo y modernización institucionales a través de la recopilación y el análisis de la información estadística del delito y de los factores económicos, sociales y normativos, que permita el diseño de la política de persecución de la Entidad; así como la implementación de la gestión para resultados en la Fiscalía General, como cultura organizacional sustentada en el presupuesto basado en resultados y la evaluación del desempeño institucional.
Artículo 28
Atribuciones Específicas de la Dirección.
Corresponde a la Dirección General de Política de Persecución Penal y Análisis Estratégico:
I. Proponer al Fiscal General el proyecto de Plan de Persecución Penal;
II. Proveer al Fiscal General de la información objetiva, oportuna y veraz relacionada con el quehacer de la Institución y la problemática en materia de criminalidad en el Estado;
III. Llevar a cabo con base en criterios objetivos, cualitativos y cuantitativos, la evaluación de los resultados de las diversas áreas de la Fiscalía General, a fin de proponer mecanismos para su corrección o mejoramiento;
IV. Llevar la estadística del comportamiento criminal en el Estado e informar de sus resultados al Fiscal General de manera sistemática, y
V. Las demás que establezca el Reglamento o le asigne el Fiscal General.
Texto tomado de Congreso del Estado de San Luis Potosí, con la reforma del 23 de febrero de 2026. Documento oficial