Título Tercero — Delitos contra las personas
Capítulo III Reglas comunes para lesiones y homicidio
Código Penal del Estado de México
Índice de la leyArtículo 244
Riña es la contienda de obra entre dos o más personas con intención de dañarse.
Artículo 245
Las lesiones y el homicidio serán calificados cuando se cometan con alguna de las siguientes circunstancias:
I. Premeditación: cuando se cometen después de haber reflexionado sobre su ejecución;
II. Ventaja: cuando el inculpado no corra riesgo alguno de ser muerto o lesionado por el ofendido;
III. Alevosía: cuando se sorprende intencionalmente a alguien de improviso o empleando asechanza; y
IV. Traición: cuando se emplea la perfidia, violando la fe o la seguridad que expresamente se había prometido a la víctima, o la tácita que ésta debía esperar en razón del parentesco, gratitud, amistad o cualquier otra que inspire confianza.
V. Tratándose del delito de homicidio, también se considerará calificado cuando:
a) Exista retribución, entendiéndose por ésta cuando el sujeto activo lo cometa por pago o prestación prometida o dada.
b) En el momento de la privación de la vi da, o posteriormente a ello, se realice la decapitación, mutilación, quemaduras o desmembramiento de la víctima.
c) En el momento de la privación de la vida, o posteriormente a ello, se deje o utilice uno o más mensajes intimidatorios dirigidos a la población, autoridades o cualquier persona. O se deje uno o más mensajes que atenten contra la dignidad humana, por la exhibición de la causa de la muerte.
d) Se cometa en contra de una mujer o de un menor de edad.
Artículo 245 Bis
Se impondrá la pena establecida en la fracción II del artículo 242 de este Código, cuando el delito de homicidio sea cometido en contra de servidores públicos de las instituciones de Seguridad Pública, procuración o administración de justicia, al ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas. Tratándose de lesiones se aplicará la pena prevista en la fracción VI del artículo 238 de este Código.
Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial