Título Tercero — Penas y medidas de seguridad
Capítulo VI Confinamiento
Código Penal del Estado de Tabasco
Índice de la leyArtículo 22
El confinamiento consiste en la obligación de residir en una circunscripción territorial y no salir de ella. El órgano jurisdiccional designará la circunscripción conciliando las exigencias de la tranquilidad pública y la seguridad de la víctima u ofendido con las circunstancias del sentenciado. El confinamiento tendrá una duración de seis meses a dos años.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial