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Leyes Descargar AYA

Artículo 1148 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo IV

Los interesados que no estén conformes pueden formular las reclamaciones que estimen convenientes, dentro de ocho días, contados desde que se venza el término fijado en el

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial