Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 768 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca

Capítulo II

Respecto del declarado ausente se entenderá la citación con el que fuere su representante legítimo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial