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Leyes Descargar AYA

Artículo 701 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro

Capítulo Único

El tercero excluyente de crédito hipotecario tiene derecho a pedir que se fije cédula hipotecaria y que el depósito se haga por su cuenta, sin acumularse las actuaciones.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial